A- de 2023
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Torres Ruiz Luz Marina·Demandado Empresa Ibaguereña De Acueducto Y Alcantarillado Ibal Sa Esp
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Controversias sobre prestaciones laborales promovidas por trabajadores oficiales causadas en virtud de contrato de trabajo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito de Ibagué y el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de la misma ciudad.
Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer una demanda ordinaria laboral en contra de la Empresa Ibaguereña de Acueducto y Alcantarillado IBAL S.A ESP, la Unión Temporal Procesos Técnicos y la Unión Temporal Procesos Integrales.
Esto, con la finalidad de lograr el reconocimiento de una relación laboral con IBAL S.A.
ESP, así como el consecuente pago, a cargo de las demandas en forma solidaria, de todas las acreencias laborales adeudadas y/o derivadas de dicha relación.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Corte resolvió que la jurisdicción ordinaria laboral es la competente para conocer los procesos en que un empleado en misión reclama (i) el reconocimiento de una relación laboral con la empresa usuaria, cuando esta es una entidad pública cuya regla general de vinculación es la de trabajador oficial, y, producto de lo anterior, (ii) el pago de acreencias laborales de manera solidaria tanto a la empresa de servicios temporales como a la usuaria.
Lo anterior, de conformidad con lo establecido en el numeral 4 del artículo 105 del CPACA y el numeral 1 del artículo 2 del CPTSS.
En consecuencia, la Sala Plena, ordenó remitir el expediente al Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Ibagué, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
- Cuarto. Laboral del Circuito de Ibagué, y el Juzgado
- Tercero. Administrativo Oral del Circuito de Ibagué, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Cuarto. Laboral del Circuito de Ibagué es la autoridad competente para conocer la demanda instaurada por Luz Marina Torres Ruiz en contra de la Empresa Ibaguereña de Acueducto y Alcantarillado IBAL S.A. ESP, la Unión Temporal Procesos Técnicos y la Unión Temporal Procesos Integrales.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-3024 al Juzgado
- Cuarto. Laboral del Circuito de Ibagué, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado
- Tercero. Administrativo Oral del Circuito de Ibagué.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.